Verifactu, ViDA y el resto de Europa: hacia dónde va todo esto

Última revisión: 5 de septiembre de 2026. Marco europeo según la
Directiva (UE) 2025/516 del Consejo (paquete ViDA), publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea en
marzo de 2025. Los calendarios nacionales de otros Estados miembros se citan de forma cualitativa: no se
publican aquí fechas que no hayamos contrastado en fuente primaria de cada país.

España no se ha inventado nada. Verifactu, el QR en la factura y la futura obligación
de factura electrónica entre empresas son la versión española de un movimiento europeo que lleva más de
una década en marcha y que ahora tiene un marco común: el paquete ViDA, «VAT in the
Digital Age».

Entender ese marco sirve para dos cosas muy prácticas: saber que esto no se va a revertir, y saber
hacia dónde van a converger los sistemas —lo que importa si tienes clientes o proveedores en otros países
de la Unión—.

ViDA: qué es y qué cambia

La Directiva (UE) 2025/516 del Consejo modifica la Directiva 2006/112/CE del IVA en tres
frentes —factura electrónica y reporte digital, economía de plataformas y registro único del IVA—. El que
nos ocupa aquí es el primero.

Tres consecuencias que ya están produciendo efectos:

  1. Los Estados miembros pueden imponer factura electrónica obligatoria en su territorio sin
    pedir autorización previa a la Comisión.
    Antes hacía falta una derogación singular del
    Consejo —Italia, Francia y Polonia la pidieron—. Ahora no. Es lo que ha abierto la puerta a que
    media Europa legisle a la vez.
  2. Para las operaciones intracomunitarias B2B, la factura electrónica estructurada pasa a ser
    la regla
    , con reporte digital asociado, a partir del 1 de julio de 2030. A
    partir de esa fecha, además, la aceptación del destinatario deja de ser necesaria para emitir
    electrónicamente.
  3. Convergencia de los sistemas nacionales preexistentes hacia el modelo común en
    2035. Los países que ya tienen sistemas propios —Italia y su SdI, por ejemplo—
    disponen de ese plazo para alinearlos.

El calendario europeo, en una tabla

Hito Qué ocurre Fecha
Directiva (UE) 2025/516 publicada Entra en el ordenamiento de la UE Marzo de 2025
Libertad para mandatos nacionales Los Estados pueden imponer e-factura interna sin derogación previa Desde la entrada en vigor
Verifactu, sociedades españolas Obligación nacional española 1 de enero de 2027
Verifactu, autónomos españoles Obligación nacional española 1 de julio de 2027
Factura electrónica B2B en España Pendiente de orden ministerial Sin fecha
E-factura y reporte digital intracomunitario Obligatorio en toda la UE 1 de julio de 2030
Convergencia de sistemas nacionales Alineación de los sistemas preexistentes 1 de enero de 2035

[VERIFICAR: articulado concreto de la Directiva (UE) 2025/516 que fija cada uno de
estos hitos, y su transposición al ordenamiento español. Las fechas de 2030 y 2035 proceden de la
directiva; su encaje exacto con el calendario español del RD 238/2026 no está resuelto en ninguna norma
publicada.]

Los tres modelos que conviven en Europa

No todos los países han resuelto esto igual. Hay tres arquitecturas distintas y España ha elegido una
mezcla, lo que explica bastantes cosas:

Modelo de plataforma central (clearance)

Toda factura pasa por una plataforma pública que la valida y la entrega al destinatario. Italia fue
pionera con este enfoque. Ventaja: control total y datos homogéneos. Inconveniente: un único punto de
fallo y una gran dependencia de la infraestructura pública.

Modelo descentralizado de cuatro esquinas

Emisor y receptor usan cada uno su proveedor de acceso, y las facturas circulan por una red
interoperable, con reporte a la administración. Es el enfoque más extendido en el norte de Europa y el que
inspira el diseño europeo.

Modelo de control del software

La administración no toca la factura: exige que el programa que la emite sea inviolable y
trazable. Es lo que hacen Portugal desde hace años con su certificación de software y su código único, y
lo que hace España con el RRSIF.

España hace las dos últimas cosas a la vez, y esa es la clave para entender por qué
aquí hay dos obligaciones separadas que la gente confunde: Verifactu controla el software, el RD 238/2026
monta el circuito de la factura. Ver
cumplir las dos a la vez.

La peculiaridad española que nadie más tiene

Dos rasgos hacen del caso español algo distinto:

  • El QR en la factura. Es un elemento de verificación por el destinatario que no forma
    parte del núcleo del modelo europeo. Portugal tiene algo parecido; la mayoría de países, no. Ver
    el código QR.
  • La doble modalidad. Que el obligado pueda elegir entre remitir a la administración o
    custodiar con firma y registro de eventos es una solución de compromiso poco frecuente. Ver
    cuál elegir.

A esto se añade la complejidad interna: los territorios forales vascos y Navarra tienen su propio
sistema, TicketBAI, anterior a Verifactu. Ver
País Vasco y Navarra.

Qué significa esto si facturas fuera de España

Tu situación Hoy Desde 2030
Vendes a empresas de otros países de la UE Depende del país del cliente; algunos ya lo exigen Factura electrónica estructurada obligatoria
Compras a proveedores de la UE Recibes lo que te manden Recibirás estructurado y con reporte
Tienes establecimiento permanente en España Verifactu desde el 1 de julio de 2027 Además, el marco europeo
Facturas a clientes fuera de la UE Verifactu te aplica igual: depende de ti, no del cliente ViDA no alcanza a esas operaciones

El detalle para autónomos con clientela internacional está en
freelance con clientes extranjeros.

La conclusión útil: esto no se revierte

Se puede discutir el calendario español —de hecho se ha movido, y puede volver a moverse—. Lo que no
tiene marcha atrás es la dirección: una directiva europea aprobada por el Consejo, con horizonte 2030 y
2035, no se deshace porque cambie un gobierno nacional.

Esa distinción es la que conviene tener clara al decidir. Apostar a que la fecha se retrase es
una apuesta razonable con un histórico a favor. Apostar a que la obligación desaparezca es una
apuesta contra la Unión Europea. Lo tratamos también en
los ocho bulos sobre Verifactu.

Preguntas frecuentes

¿ViDA obliga a España a cambiar Verifactu?

No de forma inmediata. Verifactu es un sistema de control del software, y ViDA regula sobre todo la
factura y el reporte. Lo que sí tendrá que encajarse con el marco europeo es el régimen de factura
electrónica del RD 238/2026.

¿Tendré que emitir en un formato europeo?

Las sintaxis de referencia europeas son UBL y CII, sobre el modelo semántico de la norma EN 16931. La
solución pública española trabajará en UBL, que es una de las dos. Ver
formatos.

¿Puedo adelantarme y emitir ya en UBL?

Sí, nada lo impide, y si tienes clientes grandes en Europa probablemente ya te lo estén pidiendo por
contrato.

¿Otros países han aplazado sus calendarios?

Sí, ha ocurrido en varios. Es un patrón conocido en toda Europa: la fecha se anuncia, la infraestructura
llega tarde, la fecha se mueve. Por eso conviene distinguir siempre entre la obligación y su
calendario.

¿Y el Reino Unido?

Fuera de la Unión y, por tanto, fuera de ViDA. Sigue su propio camino.

Siguiente paso: para lo que sí tiene fecha en España, ve al
calendario de Verifactu; para lo que no la tiene,
cuándo será obligatoria la factura
electrónica B2B
.

Contenido divulgativo e independiente. Los calendarios nacionales de otros Estados
miembros cambian con frecuencia: para operar en otro país, contrasta siempre con su administración
tributaria.

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