Última revisión: 3 de septiembre de 2026. Artículos y
citas literales contrastados en el texto consolidado del BOE y en la sede electrónica de la
Agencia Tributaria.
No existe el «software homologado por Hacienda». No hay sello, no hay lista oficial de
programas aprobados, no hay registro previo y no hay ningún organismo que certifique productos de
facturación. Lo que la norma exige es otra cosa, mucho más modesta y mucho más fácil de
comprobar: una declaración responsable que emite el propio fabricante del
programa.
Es la diferencia entre «un tercero independiente ha revisado este producto» y «el fabricante
firma que su producto cumple». Solo lo segundo existe. Y sin embargo media industria vende lo
primero, con insignias doradas, cuentas atrás y la palabra «homologado» en el titular.
Este artículo pone la cita exacta de la norma al lado de cada afirmación, para que puedas
comprobarlo tú mismo en dos minutos y no tengas que fiarte de nosotros.
Lo que dice la Agencia Tributaria, con sus palabras
La AEAT resuelve la cuestión en sus preguntas frecuentes sobre certificación de sistemas
informáticos de facturación. La frase, literal, es esta:
«No se requiere de procesos de certificación realizados por otras personas, entidades u
organismos independientes».
Puedes leerla en su contexto en la
página de preguntas frecuentes sobre certificación y
declaración responsable de la sede electrónica. La propia Agencia describe el mecanismo como
una autocertificación del productor: es él quien declara, bajo su
responsabilidad, que el sistema cumple.
De ahí se siguen tres consecuencias que conviene tener claras antes de contratar nada:
- La AEAT no publica una lista de programas conformes. Si alguien te enseña
una, no es oficial. - La AEAT no otorga sellos ni distintivos a productos privados. Cualquier
insignia con imagen institucional en la web de un proveedor es diseño propio. - No hay autorización previa: un fabricante no pide permiso para vender, y
la Administración comprueba después, si procede.
Qué es exactamente la declaración responsable
Está en el artículo 13 del Reglamento aprobado por el
Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre. Este es su apartado 1, literal:
«Corresponderá a la persona o entidad productora del sistema informático certificar,
mediante una declaración responsable, que el sistema informático cumple con lo dispuesto en el
artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, General Tributaria, así como con lo dispuesto en este
Reglamento y en las especificaciones que, en su desarrollo, se aprueben mediante orden
ministerial».
Los otros tres apartados del mismo artículo son igual de concretos y son los que te dan
munición cuando hables con tu proveedor:
- Apartado 2 — dónde tiene que estar. «Deberá constar por escrito y de modo
visible en el propio sistema informático en cada una de sus versiones, así como para el
cliente y el comercializador en el momento de la adquisición del producto». Es decir:
dentro del programa y disponible antes de comprarlo. La AEAT recomienda que dentro
del programa esté en un sitio fácil e intuitivo, típicamente el menú de ayuda. - Apartado 3 — quién puede pedirla. El cliente o la Administración
tributaria, al productor o al comercializador, que debe «guardar y conservar las
declaraciones responsables de todas las versiones de los sistemas informáticos producidos o
comercializados». - Apartado 4 — qué tiene que contener. Los datos que permitan identificar el
sistema y conocer su tipología, composición, funcionalidades y características de
instalación, más los datos identificativos y de localización del productor, y la fecha y el
lugar de la firma.
Fíjate en un detalle que casi nadie cuenta y que cambia la conversación con un comercial: la
declaración cubre una versión concreta de un producto concreto, no «la marca».
Que el fabricante tenga declaración responsable de la versión 12 no dice nada de la versión 9 que
tú tienes instalada.
Lo que se anuncia frente a lo que existe
| Lo que dice el anuncio | Lo que existe en la norma | Dónde comprobarlo |
|---|---|---|
| «Software homologado por Hacienda» | No existe la homologación. Existe la declaración responsable del fabricante | Preguntas frecuentes de la AEAT sobre certificación |
| «Certificado por la AEAT» | La AEAT no certifica productos: «no se requiere de procesos de certificación realizados por otras personas, entidades u organismos independientes» | Misma página de la AEAT |
| «Estamos en la lista oficial de programas válidos» | No hay lista oficial ni registro previo de sistemas | Art. 13 RD 1007/2023 (autocertificación) |
| «Nuestro sello garantiza el cumplimiento» | El único documento con valor es la declaración responsable, por escrito y firmada por el productor | Art. 13.1 y 13.4 RD 1007/2023 |
| «La marca X está homologada» | La declaración cubre un producto y una versión, no una marca | Art. 13.2 y 13.3 RD 1007/2023 |
| «Ya cumplimos, no tienes que pedir nada» | Tienes derecho a solicitarla, y el fabricante está obligado a conservarla y entregarla | Art. 13.3 RD 1007/2023 |
| «Con la homologación te ahorras la multa» | La infracción del art. 201 bis se refiere a tener sistemas que no cumplan o que hayan sido alterados, no a un sello | Art. 201 bis Ley 58/2003 |
Por qué el sector vende «homologado» de todas formas
No hace falta suponer mala fe en todos los casos. Hay tres razones bastante prosaicas:
Primera: «homologado» se entiende y «declaración responsable» no. Es una
palabra que el público asocia a seguridad, y funciona en un anuncio de quince palabras. La figura
real necesita una frase entera para explicarse, y las frases enteras venden peor.
Segunda: crea urgencia y exclusividad. Si existiera una homologación, existiría
también el riesgo de quedarse fuera de ella. Un mercado en el que cualquier fabricante puede
declarar que cumple es un mercado sin barrera de entrada, y eso a los ya instalados no les
conviene contarlo.
Tercera: se ha copiado. Buena parte del contenido que circula sobre esta
norma está copiado de otro contenido que también estaba copiado. Es el mismo motivo por el que
todavía hoy se leen fechas derogadas —julio de 2025, enero de 2026— cuando el calendario vigente,
fijado por el
Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, es 1 de enero de 2027 para
contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto. Lo tienes
desarrollado en el calendario de Verifactu.
Cómo detectar el reclamo falso en treinta segundos
- Aparece la palabra «homologado», «certificado por Hacienda» o «aprobado por
la AEAT» sin ir seguida de un enlace a la declaración responsable. - Hay un sello o insignia con la imagen institucional de la Agencia
Tributaria. La AEAT no cede su imagen a productos privados. - Se habla de «estar en el listado oficial» de programas válidos.
- La web anuncia el cumplimiento pero no dice qué versión del producto cubre.
- Hay una cuenta atrás hacia una fecha que ya no está en vigor.
- Se garantiza hoy la conformidad con el RD 238/2026 de factura electrónica
B2B: falta la orden ministerial de la solución pública, así que nadie puede garantizarla
todavía.
La prueba definitiva es más simple todavía: pídeles el documento. Un fabricante que cumple lo
tiene publicado y te lo enseña en un clic. Tenemos el correo tipo y las tres preguntas concretas
en cómo pedirle la declaración
responsable a tu proveedor.
Qué te juegas si tu programa no la tiene
La declaración responsable no es un trámite decorativo del fabricante: es la pieza que conecta
con el régimen sancionador. El artículo 29.2.j) de la
Ley 58/2003, General Tributaria —introducido por la Ley 11/2021 de lucha
contra el fraude— obliga a que los sistemas garanticen la integridad, conservación,
accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, y a que estén
«debidamente certificados». El artículo 201 bis de la misma ley convierte el incumplimiento en
infracción:
- Para el usuario: multa fija de 50.000 € por ejercicio por la tenencia de
sistemas que no cumplan lo exigido o que hayan sido alterados o modificados. - Para el fabricante o comercializador: 150.000 € por cada ejercicio en que
se hayan producido ventas y por cada tipo distinto de sistema, y 1.000 € por cada sistema
comercializado sin la certificación exigida.
Es decir: la responsabilidad no es solo del proveedor. Tú respondes por el programa que
tienes. El detalle de los supuestos está en sanciones del artículo
201 bis.
Preguntas frecuentes
Entonces, ¿cómo sé que mi programa cumple de verdad?
Por dos vías que se complementan. Primera, la declaración responsable del fabricante para la
versión que usas. Segunda, comprobar tú mismo que hace lo que la norma exige: registro de alta
por factura, huella encadenada, código QR y exportación de registros. La lista completa está en
qué le exige la norma a tu programa.
¿La AEAT no comprueba nada, entonces?
Sí, pero después y sobre el sistema real, no antes y sobre un expediente. El reglamento y la
Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre fijan las especificaciones técnicas que
permiten esa comprobación: cómo se calcula la huella, cómo se firma, qué se anota en el registro
de eventos y cómo se forma el QR.
¿Un desarrollo a medida puede tener declaración responsable?
Sí. El obligado a emitirla es «la persona o entidad productora del sistema informático», y eso
incluye al informático o a la empresa que te hizo el programa a medida. Si nadie asume ese papel,
tienes un problema que conviene resolver antes de 2027.
¿Y si el fabricante miente en su declaración?
Responde él, con las cuantías del artículo 201 bis para productores y comercializadores. Pero
eso no te devuelve el dinero ni te libra de haber estado facturando con un sistema no conforme,
así que guardar el documento y la respuesta escrita del proveedor es una precaución barata.
¿Sirve una captura de pantalla de su web?
Como prueba de lo que te dijeron, ayuda. Pero lo que hay que conservar es la declaración
responsable en sí, en documento, con la versión y la fecha. Guárdala junto a la factura de
compra del software.
Siguiente paso: comprueba primero si te afecta y desde cuándo con la
herramienta ¿estoy obligado a Verifactu?, y si vas a
contratar o cambiar de producto, pasa antes por los criterios de
cómo elegir programa de facturación.